El catálogo de disposición y guía de archivo documental
Artículo 75 ° Fracción XLIV Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: El artículo 24, fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur indica que todo sujeto obligado deberá “constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental”. Por lo anterior, los sujetos obligados de los órdenes, estatal y municipal, deben elaborar los instrumentos de control y consulta archivística que le permitan organizar, administrar, conservar y localizar de manera expedita sus archivos. Dichos instrumentos deberán hacerse públicos y serán los siguientes:
- El catálogo de disposición documental
- La guía simple de archivos