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Los sujetos obligados deberán vincular a los sistemas de ahorro para el retiro, donde se publican los listados de jubilados(as) y pensionados(as) y monto que reciben.

Publicar información sobre los recursos recibidos señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos e indicando su destino.

Información de donativos a instituciones no lucrativas, en términos de las disposiciones aplicables.

Los sujetos obligados, deberá “constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión documental”.

Actas derivadas de las sesiones celebradas por los Consejos consultivos,en el ámbito de su competencia.

Toda aquella información que considere debe ser difundida entre la ciudadanía, ya sea para dar a conocer resultados o información relevante.

Los sujetos obligados deberán informar al Instituto, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet y Plataforma Nacional

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