Fracción XVI

Las condiciones generales de trabajo

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FRACCIÓN XVI CONTRATOS O CONVENIOS QUE REGULEN LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO

Las condiciones generales de trabajo, nombramientos, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos

Artículo 75° Fracción XVI Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur

Descripción: En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar información organizada en dos secciones: la primera relativa a la normatividad que regula las relaciones laborales con el personal que en él trabaja, incluidos los contratos colectivos de trabajo del personal de base y los contratos del personal de confianza; especificando el tipo de personal (base o confianza), la normatividad laboral aplicable, las condiciones generales de trabajo así como la fecha de su publicación y última modificación, la denominación del contrato, convenio u otro documento que regule la relación laboral, publicando el documento completo.Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.La información de los recursos públicos entregados a los sindicatos deberá estar relacionada y ser coherente con lo publicado en la fracción XXVI (asignación de recursos públicos a personas físicas o morales), XXXIV (inventario de bienes muebles) y XLIII (donaciones en dinero y en especie) del artículo 75 y 84 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.

CONTRATOS O CONVENIOS QUE REGULEN LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO
2023


  • Normatividad laboral

  • Recursos públicos

2022
2018-2021


  • Normatividad laboral

  • Recursos públicos


Responsable de la Información

Dirección de Administración y Finanzas

Periodo de actualización

Trimestral Cuando se establezca, modifique o derogue cualquier norma laboral aplicable al sujeto obligado, la información normativa deberá actualizarse en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su publicación y/o aprobación

Conservar en el sitio de Internet

En cuanto a la normatividad, la información vigente; respecto a los recursos entregados a sindicatos, información del ejercicio en curso y la correspondiente a los dos ejercicios anteriores

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